Noticia: Plan de Medidas Extraordinarias COVID-19 | Ley N° 21.290



Plan de Medidas Extraordinarias COVID-19

Ley N°21.290  
 

 

Estimados Padres y Apoderados,
Esperando que todos se encuentren bien de salud junto a sus familiares, se informa sobre el Plan de Medidas Extraordinarias Covid-19 adoptado por nuestro Colegio, en virtud de lo dispuesto en la nueva Ley 21.290, respecto de las familias han visto menoscabada su situación económica producto de la emergencia sanitaria y se encuentren en las situaciones previstas en dicho cuerpo legal.

  • ¿Cuál es el Objetivo de este Plan Especial?Apoyar a las familias que mantengan deudas pendientes con el Colegio correspondiente a colegiaturas del año escolar 2020 y/o tengan colegiaturas pendientes reprogramadas con anterioridad al mes de marzo del año 2020, para que puedan matricular a sus hijos para el año lectivo 2021; siempre y cuando acrediten al Colegio que su situación económica se ha visto menoscabada producto de la emergencia sanitaria derivada del Covid-19.

 

  • ¿En qué consiste este Plan Especial?Continuando con la misma filosofía del año lectivo 2020, el Colegio ofrece a las familias previamente indicadas, la posibilidad de matricular a sus hijos para el año escolar 2021, reprogramando las deudas por colegiaturas o bien Postular al Programa Especial de Becas COVID-19. En ambos casos se concordará con el apoderado económico un acuerdo de pago en el marco de lo dispuesto en la nueva ley 21.290.

 

  • ¿Quiénes pueden postular y cuáles son las Situaciones que están contempladas en este Plan Especial?Podrán postular las familias que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

I. Pérdida del Empleo. Padres, madres y apoderados que hayan perdido su empleo a consecuencia de la Emergencia de Salud Pública por Covid-19. Para acreditar esta situación el apoderado deberá presentar uno de los siguientes documentos:

  1. Copia del finiquito de contrato de trabajo firmado ante Notario Público
  2. El acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo
  3. Certificado de la Inspección del Trabajo
  4. Sentencia judicial que acredite el término de la relación laboral
  5. Otros antecedentes que permitan acreditar que la pérdida del empleo ocurrió a consecuencia de la Emergencia de Salud Pública por brote de Covid-19, en los términos señalados en la Ley 21.290.

II. Haberse acogido al seguro de desempleo. Padres, madres y apoderados que se encuentren acogidos a la Ley N° 19.728, que establece un seguro de desempleo, o la Ley N° 21.227, que faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo de la ley N° 19.728, en circunstancias excepcionales. Para acreditar esta situación, el apoderado deberá presentar:

  1. Certificado de Beneficios Percibidos o cualquier otro documento que acredite que se accedió al seguro de desempleo o que está en trámite la solicitud de pago, correspondiente a la Ley No 19.728, producto del Covid-19
  2. Copia de los antecedentes que certifiquen el acceso a prestaciones por motivo de suspensión del empleo o reducción de la jornada de trabajo por haberse acogido a la ley de Protección del Empleo (Ley 21.227), producto del Covid-19.


III. Disminución del Ingreso Familiar. Aquellas familias en que la disminución de ingresos represente una proporción mayor o igual al 30% de los ingresos percibidos en promedio durante el año 2019. En el caso de padres, madres o apoderados que vivan en el mismo hogar, la disminución de los ingresos percibidos se calculará en base a la suma de dichos ingresos, conforme se indica en la Ley 21.290. Para acreditar dicha disminución, el apoderado deberá presentar:

    1. Para los trabajadores dependientes, copia de todas las liquidaciones de remuneraciones del año 2019 y copia de todas las liquidaciones de remuneraciones de 2020 y certificado de todas las cotizaciones previsionales correspondientes a los años 2019 y 2020.
    1. Para el caso de los trabajadores independientes, copia de la última declaración de impuesto a la renta, año tributario 2019, y copia de todas las boletas de honorarios emitidas durante los años comerciales 2019 y 2020.
    1. Cualquier otro documento que acredite la disminución de ingresos percibidos durante el año 2019 y 2020 tales como la declaración del IVA mensual, formulario N° 29 del SII, etc.

 

  • ¿Cuál es el Procedimiento de Postulación?En el caso de las familias que requieran del plan de reprogramación de la deuda por colegiaturas del año 2020, deberán llenar el formulario dispuesto en las oficinas del Colegio o bien descargarlo de nuestro Sitio Web y entregarlo a Soledad Espinosa (sespinosa@colegioarabe.cl – Tel.: +5622 211 1919 | +5622 201 5125), acompañado de los antecedentes y documentos indicados precedentemente.

En el caso de las familias que presenten una situación de mayor complejidad y requieran de un apoyo mayor, deberán postular al Programa Especial de Becas COVID-19 y presentar los antecedentes que dicho programa contempla, además de los documentos que se indican precedentemente según la situación en la cual se encuentra la familia. Para ello, deberán contactar a Amelia Cancino (mcancino@colegioarabe.cl) quien les explicará el proceso.

 

  • ¿Cuál es el Plazo de Postulación?

Desde el 21 al 28 de Enero de 2021


En caso de presentar alguna duda por favor tomar contacto con Soledad Espinosa (sespinosa@colegioarabe.cl), Amelia Cancino (mcanicno@colegioarabe.cl) o Felipe Mena (fmena@colegioarabe.cl).